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International Encyclopaedia
of the Histories of Anthropology

«El Folk-Lore Español, sociedad para la recopilación y estudio del saber y de las tradiciones populares. Bases»

Antonio Machado y Álvarez
1882-1883
Full reference

Antonio, Machado y Álvarez, 1882-1883. «El Folk-Lore Español, sociedad para la recopilación y estudio del saber y de las tradiciones populares. Bases», El Folk-Lore Andaluz, órgano de la Sociedad de este nombre dirigida por Antonio Machado y Álvarez, Sevilla, Francisco Álvarez y Cía editores, «Apéndices», pp. 501-503.

1. Esta Sociedad tiene por objeto recoger, acopiar y publicar todos los conocimientos do nuestro pueblo en los diversos ramos de la ciencia (medicina, higiene, botánica, política, moral, agricultura, etc.); los proverbios, cantares, adivinanzas, cuentos, leyendas, fábulas, tradiciones y demás formas poéticas y literarias; los usos, costumbres, ceremonias, espectáculos y fiestas familiares, locales y nacionales; los ritos, creencias, supersticiones, mitos y juegos infantiles en que se conservan más principalmente los vestigios de las civilizaciones pasadas; las locuciones, giros, trabalenguas, frases hechas, motes y apodos, modismos, provincialismos y voces infantiles; los nombres de sitios, pueblos y lugares, de piedras, animales y plantas, y, en suma, todos los elementos constitutivos del genio, del saber y del idioma patrios, contenidos en la tradición oral y en los monumentos escritos, como materiales indispensables para el conocimiento y reconstrucción científica do la historia y de la cultura españolas.

2. Esta Sociedad constará de tantos centros cuantas son las regiones que constituyen la nacionalidad española. Estas regiones son:
La Castellana (dos Castillas), La Gallega, La Aragonesa, La Asturiana, La Andaluza, La Extremeña, La Leonesa, La Catalana, La Valenciana, La Murciana, La Vasco-Navarra, La Balear, La Canaria, La Cubana, La Puerto-Riqucña y La Filipina.
Todas estas regiones, verdaderos miembros del Folk-Lore Español, contraerán la ineludible obligación de dar cuenta de sus trabajos anuales a todos los centros regionales análogos a los que remitirán también un ejemplar por lo menos de todos los periódicos, revistas o libros que publiquen. A excepción de esta obligación y de la aceptación del fin que esta Sociedad se propone, cada centro se constituirá del modo y forma que tenga por conveniente.
Si dos o más de las regiones mencionadas, por su homogeneidad de dialecto, analogía de costumbres, condiciones geográficas o cualquier otra causa análoga, desearan unirse constituyendo un solo centro, podrán hacerlo adoptando un nombre que comprenda los de las regiones componentes; ejemplo: el centro compuesto de Extremadura y Andalucía, se denominaría Bético-Extremeño, etc.

3. En la recolección de materiales, todos y cada uno de los centros del Folk-Lore que se constituyan tendrán como principal objetivo, la fidelidad en la trascripción y la mayor escrupulosidad en declarar la procedencia de las tradiciones o datos, etc., que recojan, utilizando, cuando el estado de sus recursos lo consienta, la escritura musical, dibujo, taquigrafía, fotografía y demás medios adecuados para obtener la fidelidad en la reproducción.

4. Para el acopio de materiales, cada Centro regional se subdividirá en tantas secciones cuantas crea necesarias, y extenderá, valiéndose de la iniciativa individual y de la cooperación del gobierno en su caso, sus socios corresponsales por el mayor número posible de los pueblos de su región, haciendo que todos envíen al Centro de aquélla los materiales recogidos.

5. Para la publicación de los materiales de todo género que se recojan y acopien, cada uno de los Centros que se constituyan se valdrá de los periódicos, revistas y libros que el estado de sus fondos le consienta ir dando luz, y de Exposiciones y Congresos regionales y nacionales. Unas y otros se verificarán cuando los recursos de cada Centro lo consienta, sin fijación de época determinada. Los Congresos nacionales se celebrarán por riguroso turno de antigüedad, entre las diferentes comarcas que formen Centros de la clase que nos ocupan.

6. Estos Centros, no sólo publicarán los datos recogidos de la tradición oral, sino que, leyendo y revisando todas nuestras obras literarias, entresacarán de ellas todos los elementos populares que contengan y se hallan declarados en la base primera, elementos que, recopilados, darán a conocer en forma de monografías, libros, etc. Asimismo reimprimirán los libros manuscritos o cuya edición se haya agotado referentes al objeto de esta asociación, y publicarán también todas Ias Memorias o informes relativos al Folk-Lore (saber popular), que consideren dignos de ser conocidos.

7. Todos estos Centros regionales, a más de mantener entre sí por los medios indicados en la base quinta una comunicación viva y continua, procurarán, por cuantos medios estén a su alcance, promover la formación de Sociedades análogas a la presente en todos los puntos del mundo en que se hable la lengua española, porque allí donde se habla nuestro idioma, allí está también el genio de nuestra patria.

8. Siendo el objeto de esta Sociedad la reconstitución científica de la historia, idioma y cultura nacionales, cada región procurará crear, dentro del límite de sus fuerzas, Bibliotecas, Conservatorios de música popular y Museos etnográficos, artísticos y científicos, y remitirá un par de ejemplares do Ias obras que publique a la Academia de la Lengna y de la Historia y, cuando sea posible, una reproducción o descripción de los objetos que recoja, a los Museos nacionales como obsequio debido al Estado por su eficaz cooperación y concurso, si llegara a prestarlo.

9. Estas bases se revisarán, corregirán y ampliarán en el primer Congreso nacional que se celebre, con el concurso de todos los Centros regionales que hayan llegado a formarse, todos los cuales, como verdaderos hermanos, iguales en derecho y miembros activos del Folk-Lore Español, determinarán, si lo creen conveniente, la formación de un gran Centro Nacional, donde todos se hallen legítimamente representados.

Sevilla, 3 de Noviembre de 1881.

Antonio Machado y Álvarez

N.B.

This text was also published on the 2nd and 3rd pages of the front matter of the first five volumes of El Folk-Lore Español. Biblioteca de las Tradiciones Populares Españolas, directed by A. Machado y Álvarez, A. Guichot y Cía, Imprenta Fco Álvarez (Sevilla), Ricardo Fe (Madrid), 1883-1884.